Por José A. Grullón
Todas las personas por igual tienen el derecho a vivir. Esto es cierto. Este derecho no puede ser menguado por condiciones físicas o psicológicas adversas, como lo plantean los defensores de la eutanasia. ¿Debe restársele a un hombre la dignidad de su vida por enfrentar el síndrome de Down? ¿Debe suceder con una mujer embarazada de una criatura con este síndrome? ¿O debe ocurrir esto con un paralítico? ¿Se le resta a un hombre por estar postrado en cama por una enfermedad crónica y terminal? ¿Las enfermedades tienen la potestad de quitarle al hombre la dignidad de su vida? ¿Es la utilidad a la sociedad lo que determina el derecho a la vida?
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